¿Qué efectos produce la absolución de los pecados que recibimos en la confesión?
La Iglesia nos recomienda recibir frecuentemente este Sacramento, pues la Gracia nos va fortaleciendo cada vez más. En el Catecismo de la Iglesia (n° 1496) se enumeran los siguientes efectos espirituales del Sacramento:
Los efectos espirituales del sacramento de la penitencia son:
– la reconciliación con Dios por la que el penitente recupera la gracia;
– la reconciliación con la iglesia; (con uno mismo, con los demás, con la creación: ver el n° 1469).
– la remisión de la pena eterna contraída por los pecados mortales;
– la remisión, al menos en parte, de las penas temporales, consecuencia del pecado;
– la paz y la serenidad de la conciencia, y el consuelo espiritual;
– el acrecentamiento de las fuerzas espirituales para el combate cristiano”.
En el Documento de Aparecida n° 254 se nos dice que el Sacramento es un “Lugar privilegiado para encontrarnos con Jesús”, y allí se enumeran los siguientes efectos:
a- Jesús nos ofrece su perdón,
b- nos hace sentir que su amor es más fuerte que el pecado cometido,
c- Nos libera del pecado y de lo que nos impide permanecer en su amor.
d- nos devuelve la alegría y el entusiasmo.
Los 5 pasos para una buena confesión:
1- Examen de conciencia
2- Arrepentimiento o dolor de los pecados
3- Confesar todos los pecados al sacerdote
4- Hacer un firme propósito de enmienda
5- Cumplir la penitencia impuesta por el sacerdote
Estructura fundamental de este Sacramento (CIC 1448-1460)
El sacramento de la reconciliación posee una estructura fundamental: comprende dose lementos importantes, la acción de Dios y los actos del hombre:
a- La acción de Dios: por medio del ministro de la Iglesia (sacerdote): “la fórmula de la absolución en uso en la Iglesia latina expresa el elemento esencial del sacramento” (n° 1449): el Padre es la fuente de todo perdón, que lo concede por medio de su Hijo y del Espíritu Santo.
b- Los actos del hombre: la contrición “dolor del alma y detestación del pecado cometido con la resolución de no volver a pecar” (n° 1451); la confesión de los pecados cometidos (parte esencial del sacramento: 1455-1458); la satisfacción, es la “expiación” de los pecados cometidos. Se llama también “penitencia”, pues consiste en reparar la falta cometida (n°1459).
1497: “La confesión individual e íntegra de los pecados graves seguida de la absolución es el único medio ordinario para la reconciliación con Dios y con la Iglesia”.


